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OBJETOPueden ser registrados como Nombre Comercial los signos susceptibles de representación gráfica que identifican una empresa en el tráfico mercantil y que sirven para distinguirla de las demás empresas que desarrollan actividades idénticas o similares.La duración es de 10 años contados desde la fecha de solicitud. La vigencia puede ser extendida por iguales periodos mediante el pago de las correspondientes tasas de renovación. No pueden ser registrados como Nombre Comercial los signos genéricos, los que ya constituyen Marca o Nombre Comercial si media oposición, y otros por causa de carecer de carácter distintivo. PROCEDIMIENTOUna vez realizada la búsqueda previa, que recomendamos, una solicitud de Marca Comunitaria sigue el siguiente proceso de inscripción:
Cualquier resolución es susceptible de recurso administrativo, y ante los Tribunales de Justicia. Un Nombre Comercial se solicita para una o más clases de la Clasificación de Niza. Pueden ser compatibles Nombres comerciales similares registrados para distinguir actividades diferentes. REQUISITOSLos requisitos para la solicitud de un registro de Nombre Comercial en España son los siguientes:
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