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DISEÑOS EN ESPAÑA (Ley 20/2003), a partir de 8 de julio de 2004OBJETOPueden ser registrados los Diseños que sean nuevos y posean carácter singular.La duración es de 5 años contados desde la fecha de solicitud. La vigencia puede ser extendida por iguales periodos mediante el pago de las correspondientes tasas de renovación, hasta un máximo de 25 años. Puede ser motivo de oposición contra el registro de un Diseño en España la falta de requisitos establecidos en la Ley y la alegación de ser titular de ser titular de un derecho anterior. Puede reivindicarse prioridad de una solicitud de Diseño anterior con fecha de prioridad presentada dentro de los seis meses anteriores a la fecha de solicitud del a marca española Se admiten solicitudes de múltiples diseños. Pueden reivindicar prioridad de una solicitud de Diseño presentada en un tercer país dentro de los seis meses inmediatamente anteriores, y puede también reivindicarse prioridad de un Diseño en España para obtener derechos en el exterior. PROCEDIMIENTOUna solicitud de Diseño sigue el siguiente proceso de inscripción:
Cualquier decisión es susceptible de recurso administrativo, y ante los Tribunales de Justicia. REQUISITOSLos requisitos para la solicitud de un registro de Diseño en España son los siguientes:
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